¿Quién debe pasar la ITE?

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es un procedimiento de control obligatorio en España que garantiza el correcto estado de conservación y seguridad de los inmuebles. Sin embargo, no todos los edificios deben pasarla en las mismas condiciones.
En este artículo, te explicamos qué edificios están obligados a realizar la ITE, qué exenciones existen y cuál es la normativa vigente que la regula en cada caso.


¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

La obligación de pasar la ITE depende fundamentalmente de la antigüedad del edificio, del uso del inmueble y de la normativa específica de cada municipio.

1. Edificios residenciales

2. Inmuebles con otros usos

Además de los edificios de viviendas, también deben pasar la ITE:

3. Viviendas unifamiliares

En algunos municipios, como Madrid, las viviendas unifamiliares también están obligadas si superan los 30 años de antigüedad.
No obstante, existen localidades donde quedan exentas, siempre que estén aisladas y no tengan riesgos para terceros.


Exenciones y casos especiales

No todos los inmuebles deben pasar la ITE. Existen exenciones y particularidades que dependen de la normativa autonómica o municipal:

1. Edificios de reciente construcción

2. Edificios con informes alternativos

3. Inmuebles catalogados o protegidos

4. Viviendas unifamiliares en suelo rural


Normativa vigente sobre la ITE en España

La regulación de la ITE combina normas estatales y ordenanzas locales:

1. Base legal estatal

2. Normativa autonómica y municipal

Cada comunidad autónoma y ayuntamiento concreta los plazos y condiciones:

👉 Esto significa que la edad mínima para la primera ITE varía entre 30 y 50 años, según la ciudad.


Consecuencias de no cumplir con la ITE

No realizar la ITE en los plazos establecidos acarrea consecuencias graves:


Preguntas frecuentes sobre la obligación de la ITE

1. ¿Qué edificios están exentos de la ITE?
Los de menos de 30 años, algunas viviendas unifamiliares aisladas y aquellos que ya cuentan con un Informe de Evaluación de Edificios (IEE).

2. ¿La ITE es igual en toda España?
No. La normativa varía según la comunidad autónoma y el municipio.

3. ¿Quién debe solicitar la ITE?
El propietario único o, en el caso de edificios residenciales, la comunidad de propietarios.

4. ¿Cada cuánto tiempo se repite la inspección?
Por norma general, cada 10 años, aunque puede variar según la ordenanza local.

5. ¿Qué pasa si un edificio obtiene un informe desfavorable?
Se deben realizar las obras necesarias y presentar un nuevo informe que acredite la subsanación de las deficiencias.


Conclusión

En España, la mayoría de los edificios de viviendas con más de 30 años están obligados a pasar la ITE, aunque los plazos y requisitos varían según la normativa local.
Existen excepciones, como algunos inmuebles unifamiliares o edificios que ya cuentan con el IEE.

Cumplir con la ITE no solo evita sanciones, sino que protege la seguridad de los vecinos, mantiene el valor patrimonial del inmueble y permite acceder a ayudas para rehabilitación y eficiencia energética.